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Premios Estatales al Voluntariado Social 2017

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Santiago de Compostela, 16/06/17 (10:49)

Los Premios Estatales al Voluntariado Social reconocen la acción voluntaria de las personas físicas o jurídicas, desarrollada ante las situaciones de vulnerabilidad, privación o falta de derechos a través de programas de voluntariado que pretendan:

  • Favorecer la igualdad de oportunidades y no discriminación, y la búsqueda de la transformación social.
  • Conseguir una mejora social, tanto en las personas, como en sus entornos.

Se concederá un único premio en cada una de las siguientes modalidades:

  • Modalidad individual, dirigida a las personas físicas.
  • Modalidad colectiva, dirigida a las personas jurídicas.

Además, podrá concederse una mención honorífica para cada una de las modalidades mencionadas.

Las solicitudes para ambas modalidades se formalizarán en los modelos que figuran como anexo I de esta resolución, o a través de la web del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.

Las personas físicas podrán presentar sus solicitudes de manera presencial, en los registros del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, y en resto de la Administración General del Estado, Administraciones de las Comunidades Autónomas, Entidades que integran la Administración Local y oficinas de Correos, o de forma electrónica.

Las personas jurídicas lo harán obligatoriamente de manera electrónica, a través de la página web del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.

Las solicitudes deberán ir acompañadas de una memoria explicativa de los méritos de las candidaturas (ver anexo II de la resolución), de documentos acreditativos de la personalidad del solicitante y de las personas jurídicas o físicas que se adhieran a la propuesta de candidatura, y en caso de personas jurídicas, de los estatutos debidamente legalizados.

El plazo de presentación será de treinta días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación del extracto de la Resolución de convocatoria en el BOE.

 

Tema: Xeral
Fonte: Injuve
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