Los Premios Estatales al Voluntariado Social reconocen la acción voluntaria de las personas físicas o jurídicas, desarrollada ante las situaciones de vulnerabilidad, privación o falta de derechos a través de programas de voluntariado que pretendan:
Se concederá un único premio en cada una de las siguientes modalidades:
Además, podrá concederse una mención honorífica para cada una de las modalidades mencionadas.
Las solicitudes para ambas modalidades se formalizarán en los modelos que figuran como anexo I de esta resolución, o a través de la web del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.
Las personas físicas podrán presentar sus solicitudes de manera presencial, en los registros del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, y en resto de la Administración General del Estado, Administraciones de las Comunidades Autónomas, Entidades que integran la Administración Local y oficinas de Correos, o de forma electrónica.
Las personas jurídicas lo harán obligatoriamente de manera electrónica, a través de la página web del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.
Las solicitudes deberán ir acompañadas de una memoria explicativa de los méritos de las candidaturas (ver anexo II de la resolución), de documentos acreditativos de la personalidad del solicitante y de las personas jurídicas o físicas que se adhieran a la propuesta de candidatura, y en caso de personas jurídicas, de los estatutos debidamente legalizados.
El plazo de presentación será de treinta días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación del extracto de la Resolución de convocatoria en el BOE.
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